Alejandra Gómez dice representar a todos los farmacéuticos, pero una nueva controversia expone la ruptura entre la conducción de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y los profesionales que trabajan en relación de dependencia.
El conflicto se agravó después que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo desestimó los recursos presentados contra la Resolución 83/25 y confirmó la ampliación de la personería gremial del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB).
La resolución deja comprendidos en los convenios colectivos de SAFYB a los farmacéuticos y bioquímicos dependientes de las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Catamarca, San Juan y Tucumán.
La sentencia es definitiva y contundente porque confirma la decisión previa del Ministerio de Capital Humano del 13/2/2025 y el de la Justicia Laboral del 28/10/2024; por tanto, habiendo un doble conforme, la decisión judicial está firme y cualquier posible recurso extraordinario no suspende los efectos de la Resolución 83.
Menos aun cuando las asociaciones que se oponen hicieron un planteo meramente dogmático, ya que no concurrieron a las audiencias citadas por el Ministerio, no presentaron sus libros y no acreditaron sus afiliaciones.
Con su decisión de desconocer al sindicato específico de la profesión farmacéutica y bioquímica y los fallos jurídicos firmes, Alejandra Gómez se enfrenta en lo personal y en lo institucional a una dura batalla judicial por los daños y perjuicios devenidos de su arbitraria decisión. Los colegiados de la provincia de Buenos Aires están evaluando solicitar su destitución por incumplimiento de deberes.
La jugada de Gómez es que los empleadores representados por COFA se queden con el dinero de los aportes retenidos a sus trabajadores y no lo remitan a ningún sindicato, aprovechando la supuesta disputa sindical, -que a decir verdad la justicia ya resolvió, lo cual constituiría una estafa.
La COFA asume una posición de perjudicar a los farmacéuticos asalariados y privilegiar los intereses de los propietarios de farmacias, lo que implica un incumplimiento estatutario y debilita su pretensión de estar a ambos lados del mostrador.
La discusión excede una pelea entre organizaciones sindicales porque la propia Cámara Laboral recogió el criterio según el cual SAFYB constituye una organización sindical horizontal o profesional, cuyo ámbito se define por la profesión y el título habilitante, independientemente de la actividad del empleador. Dicho de otro modo: un farmacéutico o bioquímico no se convierte en “empleado de farmacia” o “empleado de laboratorio” por trabajar en esos lugares, porque importa su título y profesión, no solamente dónde trabaja.
SAFYB anticipó que promoverá acciones contra la institución y contra quienes resulten responsables de incumplir las obligaciones legales: “nos preocupa que la entidad que dice representar al farmacéutico pretenda rebajar al profesional a un simple empleado de farmacia” sostuvo Mariana Funes, secretaria do Organización de SAFYB.
La justicia ya decidió que primero está la profesión y después la actividad. La pelea recién empieza. Y COFA deberá explicar por qué una entidad que afirma representar a los farmacéuticos termina enfrentada justamente con los derechos laborales reclamados por los farmacéuticos asalariados.