12 de noviembre de 2021
Género

Se hizo justicia

Ciudad Autónoma de Buenos Aires: confirman perpetua al femicida de su ex pareja y la hija de ella en barrio Constitución

El caso se resolvió gracias a que las amigas de las víctimas difundieron una foto del sospechoso en una marcha que permitió su detención.
El caso se resolvió gracias a que las amigas de las víctimas difundieron una foto del sospechoso en una marcha que permitió su detención.

La Justicia confirmó la prisión perpetua a la que fue condenado un hombre que trabajaba como mozo y que asesinó a su ex pareja y a la hija de ella, en febrero del pasado año 2015 en un departamento del barrio porteño de Constitución.

El fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional recayó sobre Juan José Campos, quien en 2018 había sido condenado a la máxima pena por los crímenes de Elizabeth Angélica "Romina" Wilson y Estefanía "Abril" Wilson.

Los jueces Horacio Leonardo Días, Eugenio Sarrabayrouse y Daniel Morin confirmaron la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 7 que, de manera parcial, había coincido con lo solicitado por el fiscal de juicio Oscar Ciruzzi, el cual durante la etapa de alegatos pidió dicha pena por el "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber mediado violencia de género" en el caso de "Romina".

En el caso de "Abril", el funcionario judicial sostuvo que también se había tratado de un "homicidio agravado por haber mediado violencia de género", pero los jueces determinaron que ese crimen configuró un "homicidio simple" en concurso real con el femicidio de su madre.

La Sala II rechazó el pedido de la defensora oficial sobre la "inconstitucionalidad" de la prisión perpetua y del planteo de nulidad del requerimiento de elevación a juicio, del alegato fiscal y de la sentencia.

"Se observa que la asistencia técnica de Campos no ha presentado, oportunamente, fundamentos nuevos que llevan a apartarme de la postura sentada en la materia, por lo que habré de postular el rechazo del planteo de inconstitucionalidad y confirmar así la aplicación de la agravante prevista en el inciso primero del artículo 80", dijo en su voto el juez Días.

En tanto, los magistrados recordaron el testimonio de un vecino que había declarado durante el debate oral que su pareja lo había despertado por los “gritos de una pelea” en la madrugada que ocurrieron los crímenes, tras lo cual escuchó la voz de una mujer en forma “muy angustiosa” pidiendo auxilio, por lo que pensó que “la asaltaban o la presionaban físicamente en la zona de la escalera” y, entonces, llamó al 911.

“Les puedo asegurar a todos los que están acá que esa persona no tenía ningún rasgo de haber hecho la barbaridad que hizo…no tenía ningún gesto de arrepentimiento… no tenía absolutamente nada”, afirmó en el juicio ese testigo.

Otra vecina había declarado que un día antes del ataque escuchó a "Romina" decir "sos un hijo de puta, mal parido, subís, agarrás tus cosas y te vas”, y Campos le contestó: “Sí, voy a ir pero yo sé lo que tengo que hacer antes”.

El hecho se registró el 20 de febrero de 2015 en el piso 3 departamento 14 de la calle Constitución 1734, donde ambas mujeres viví­an, y fue descubierto tres dí­­as después por Domingo Loiácono, padrastro de Elizabeth. Al entrar junto a la Policía, encontró el cadáver de su hijastra envuelto en sábanas, detrás de un futón, y el de su nieta dentro de la bañera a medio llenar.

"El imputado las atacó mediante la utilización de una o más armas blancas con las que les provocó múltiples heridas en diferentes partes de sus cuerpos, lo que les provocó el deceso por la destrucción de estructuras anatómicas y funcionales vitales, a lo que se sumaron hemorragias internas y externas", precisó el fallo del TOC 7.

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